Impuesto al patrimonio

Los empresarios están dispuestos a financiar la paz, pero consideran que el impuesto al patrimonio es antitécnico y frenaría la inversión.



Las dos ideas centrales esbozadas por el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, para solucionar el faltante de $12,5 billones para el año entrante son: la extensión del 4x1.000 y el incremento a 2,25% en la tasa del impuesto al patrimonio.

La teoría indica que un sistema tributario debe ser esencialmente eficiente y equitativo. Eficiente para que sea de fácil administración para el Estado y los ciudadanos y así cumplir y hacer cumplir las reglas fiscales. En materia de equidad, la clave es que, a mayor ingreso, mayor sea el impuesto y, en el caso de ingresos iguales, impuestos iguales. Lo anterior conservando el principio de progresividad según el cual a medida que el ingreso es mayor, la tasa del impuesto también aumenta. Estos principios están contemplados en el artículo 363 de la Constitución Política de Colombia. Además, un sistema tributario óptimo debe ser neutro, para que este no afecte las decisiones de los agentes y su competitividad.

Si bien el 4x1.000 y el impuesto al patrimonio suenan extremadamente populares y fáciles de cobrar y de vender a la opinión pública, muchos afectados piensan que esta reforma es inequitativa, ineficiente, antitécnica y que podría inducir a la economía colombiana a una recesión.

Hasta ahora, mucho se ha escrito sobre el 4x1.000, pero la polémica reciente se ha centrado en el impuesto de moda, el impuesto al patrimonio, un gravamen llamativo pero que la sociedad no ha analizado a profundidad. En ese sentido, la semana pasada el Consejo Gremial Nacional le envió una comunicación al Ministro de Hacienda en la que sugieren conservar el impuesto al 4x1.000 un año y crear una sobretasa al impuesto de renta de 10%. Cabe destacar que el Ministro de Hacienda ya ratificó que el impuesto al patrimonio es necesario, aunque dejó abierta la puerta para discutir su tarifa.

Es inequitativo


El impuesto al patrimonio tiene un grave defecto: la valoración de los activos que constituyen su base. Esta situación es más complicada de lo que se cree. En algunos países desarrollados este impuesto ha sido abandonado por controversias alrededor de este hecho.

En efecto, las valoraciones usadas para pagar el impuesto al patrimonio podrían no tener nada que ver con la realidad. En este sentido existe una enorme diferencia en la valoración a precios de mercado para efectos de renta y patrimonio entre personas naturales y jurídicas. Y las reglas a este respecto son claramente heterogéneas y tratan a los contribuyentes de manera diferente.

En el caso de las empresas, la base sobre la cual se liquida su impuesto al patrimonio corresponde al valor en libros de la sociedad. Pero eso no quiere decir que ese sea su valor. Casi siempre el valor de mercado, o sea el valor real, es superior al valor en libros.

La relación entre el valor de mercado y el valor en libros, con corte a 31 de agosto de 2014, para una muestra de empresas listadas en bolsa, nos da luces sobre el asunto. Esto quiere decir, por ejemplo, que en el caso del impuesto al patrimonio de estas empresas, este no va a corresponder al valor de mercado sino a una porción de ese valor, en algunos casos. Significaría que muchas empresas pagarían un impuesto al patrimonio menor al que deberían.

Este hecho se exacerba en la mayoría de las compañías colombianas privadas. En estos casos el valor en libros puede ser muy diferente al valor de mercado. Si se quisiera saber el valor de mercado de estas empresas, muchas de ellas deberían contratar a un banquero de inversión para que lo determine.

Es más, el sistema perjudica a las empresas nuevas que acaban de adquirir equipos, porque sus patrimonios van a ser mayores, mientras que beneficia a las antiguas que ya los han depreciado.

La situación es aún más complicada en el caso de los bienes inmuebles. Al contribuyente, natural o jurídico, le toca realizar la valoración a precios de mercado de sus acciones y bienes inmuebles para incluirlo en su patrimonio. Pero esto en realidad termina afectando más profundamente a las personas naturales.

Mientras las empresas jurídicas pagan su impuesto al patrimonio sobre el valor en libros de la sociedad, las personas naturales casi siempre lo hacen a partir de la valoración a precios de mercado.

Según cálculos de Camacol, en el caso de Bogotá el avalúo catastral representa en promedio 80% del valor comercial de los predios, mientras que para ciudades como Medellín o Cali este puede estar entre 70% y 80%. Es decir, que bajo el marco tributario municipal o distrital, las familias de tres de las ciudades más importantes del país declaran sobre casi 80% de su patrimonio (normalmente representado exclusivamente por la vivienda), mientras que algunas empresas que cotizan en bolsa lo hacen por apenas 50% sobre su valor de mercado.

Otra crítica en este mismo sentido es que la medida perjudica a los más viejos, que están a punto de retirarse y que según el ciclo de vida de Modigliani han llegado a su punto máximo de riqueza. De ahí en adelante van a comenzar a desahorrar. ¿Ellos deberían ser castigados?

Como indicó Salomón Kalmanovitz en su columna de El Espectador: “quedamos pagando los que tenemos apartamento y ahorros en un fondo de pensiones, mientras las empresas pagan 80% del tal impuesto”. Todo esto quiere decir que un impuesto al patrimonio de 2,25%, como ha sido anunciado hasta el momento (o de cualquiera otra cifra), puede expresar montos radicalmente diferentes para las distintas personas o entidades.

Es regresivo

Como se mencionó antes, es deseable que los impuestos sean progresivos; es decir, que a mayor ingreso, mayor sea el impuesto y en el caso de ingresos iguales, impuestos iguales. Con el impuesto al patrimonio este no es el caso.

Si se suponen dos empresas con un mismo valor de patrimonio pero cada una en diferentes segmentos y mercados, este hecho se hace obvio. Es así como, una empresa que está en una bonanza con un ROE (Return on equity) de 30%, pagaría la misma suma que una que está tambaleando con un ROE de 0%, o una que se está quebrando con un ROE de -20%. Esto quiere decir que entre mayor es la capacidad de pago de la empresa, el impuesto a la propiedad pesa menos porcentualmente en sus ingresos.

Visto de esta forma, este es un impuesto que castiga a los que les fue mal y premia a los que les fue bien. De ahí que sea regresivo.

Distorsión para los inversionistas

Uno de los problemas más complejos del impuesto al patrimonio es que distorsiona las decisiones de inversión e induce a los actores a tomar riesgos desproporcionados. En la gráfica “Universo de Inversión Eficiente” (arriba), la línea azul muestra una frontera de riesgo eficiente como la planteó Harry Markowitz; es decir, una situación donde se logran los mayores rendimientos con un nivel dado de riesgo. Cuando se gravan las ganancias, la frontera gira hacia la línea roja. En esa frontera, al mismo riesgo de antes se le da un menor retorno.

Lo que ocurre con el impuesto al patrimonio es revelador: el nivel de retorno cae hacia la línea amarilla. En ese caso, el inversionista puede esperar incluso que los rendimientos sean negativos.

La posibilidad de un rendimiento negativo puede inducir a tomas de riesgo y apalancamiento en la economía.

Si se llega a implantar un impuesto al patrimonio de 2,25%, el efecto sobre los portafolios puede ser desastroso. Por ejemplo, un portafolio de cero riesgo en Estados Unidos con títulos de vencimiento a 10 años da rendimientos nominales anuales de 2,4%, con un tasa de inflación de 1,7%. Eso quiere decir que un portafolio libre de riesgo, conformado con bonos del tesoro norteamericano, tendría un rendimiento negativo. Mientras tanto, el rendimiento de la deuda pública colombiana es 6,9% a diez años, con una inflación de 3,02%, lo que tendría un rendimiento cercano a cero, luego del impuesto al patrimonio y de la renta presuntiva.

Esta situación hace que muchos proyectos de inversión que tenían un VPN (Valor Presente Neto) positivo, pasen a tener uno negativo y de esa manera se frene la inversión.

Alternativamente, al gravar estos retornos con un impuesto al patrimonio se podrían presentar rendimientos negativos o cercanos a cero, generando incentivos para que los administradores de portafolio inviertan en títulos con mayor riesgo.

Gravar el huevo y no la gallina

Incrementar la tasa del impuesto al patrimonio puede aumentar la sensación de inestabilidad jurídica, hacer que las empresas se descapitalicen, distorsionar los incentivos de inversión y, lo peor, desacelerar la economía. En la mayoría de los casos, el patrimonio proviene de una renta ya gravada. Gravar el patrimonio equivale entonces a gravar primero la renta y luego el patrimonio que esta constituye.

A pesar del enorme aumento en los recaudos tributarios de los últimos años, el hueco fiscal parece no tener fin. Ya en la reforma tributaria pasada se perdió la oportunidad de pasar una reforma sencilla, equitativa, consecuente, respetuosa de los derechos de los contribuyentes y, sobre todo, que estimule el crecimiento económico.

La solución debería ser estructural. Si no se logra, al menos no gravar la riqueza sino los flujos de ingresos.

Al 4x1.000 ya nos acostumbramos los colombianos, y el Gobierno sabe exactamente cuánto produce y cuál es su impacto.

Con el impuesto al patrimonio en esos niveles, el país se enfrenta a un gravamen cuyos efectos finales son desconocidos, es regresivo e inequitativo. El Gobierno debe tomar nota.

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Fórmulas sobre el tapete


La comunidad académica, formadores de opinión y connotados tributaristas coinciden en que dadas las condiciones actuales podría ser necesario presentar una reforma tributaria. Sin embargo, también existe un consenso en cuanto a que las soluciones presentadas hasta el momento podrían ser útiles para tapar el hueco fiscal de los próximos años, pero no garantizarían estabilidad jurídica en el mediano plazo.

Son varias las voces que desde diferentes ópticas han realizado aportes para la construcción de un nuevo marco tributario.

Leopoldo Fergusson, profesor de la Universidad de los Andes, sostiene en un reciente análisis publicado en La Silla Vacía que no es tan grave que se prorroguen por un tiempo más estos impuestos que llegaron para quedarse; sin embargo, afirma que “nada se logra si se eleva el impuesto al patrimonio y no se evitan los mecanismos de elusión que los más ricos entre los ricos tienen para hacerle el quite a este tipo de impuestos”. Al igual que este experto, otros centros de pensamiento y gremios han planteado sus propuestas.

El 4x1.000

Pros: es de fácil recaudo y administración.

Contras: freno a la profundización financiera; crea distorsiones en la producción de bienes y servicios; aumenta el costo de los préstamos; estimula las transacciones en efectivo y por esta vía hace difícil el seguimiento a actividades ilegales.

Impuesto al patrimonio

Pros: paga más el que más tiene. Genera un recaudo importante.

Contras: castiga a empresas intensivas en capital; genera distorsiones al gravar a las empresas más grandes, pero no a las más rentables.

Impuesto a los dividendos

Pros:
promueve la equidad tributaria; es distributivo.

Contras: algunos expertos se preguntan si implica doble tributación. Genera incentivos para reducir repartición de dividendos. Desestimula la inversión.

IVA

Pros
: es de fácil recaudo y administración.

Contras: no es progresivo.


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La propuesta del Consejo Gremial

1.
Aplazar un año el desmonte del 4X1.000

2.
Crear sobretasa al impuesto de renta por un año para financiar al faltante de 2015.

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La propuesta de Fedesarrollo

IVA
- Incremento en la tarifa de IVA de y ampliación de la base, gravando todos los bienes y servicios (devolución a los hogares de menores ingresos).

- Transferencia monetaria para beneficiarios de “Más Familias en Acción”.

- Conservar el impuesto al consumo.

Personas

Gravar 50% de los ingresos no constitutivos de renta.
Eliminar de las rentas exentas, a excepción de los aportes obligatorios a las pensiones.
Nuevo impuesto al patrimonio.

Empresas
Impuesto sobre utilidades contables.
Desmontar el impuesto de renta, el CREE y los parafiscales.

Mi Contabilidadcom

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